Nos encontramos en este post por que tienes que registrar tu canción, esta puede tener o no letra y ese dato va a ser importante para saber cual camino vas a tomar. Este es el primer paso para poder vivir de tus obras musicales. Para ser dueño de tu canción no necesitas registrarla, con el solo hecho de hacerla ya eres el autor, este registro es necesario para poder resguardar tu obra y posteriormente obtener beneficios dinerarios que perciben y reparten las Sociedades de Gestión Colectiva (SADAIC, AADI y CAPIF).
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| Foto recuperada el 01/05/2020 disponible en: https://pixabay.com/es/photos/discos-de-vinilo-tienda-compras-945396/ |
IMPORTANTE: Si es la primera vez que vas a hacer un registro de una obra, podes hacerlo de manera gratuita y hasta 15 canciones, en los siguientes enlaces:
Si ya hiciste el trámite de la primera canción, las siguientes obras las tenes que registrar desde los siguientes enlaces:
Depósito de obra inédita - Música y Letra - INICIAR TRÁMITE
Depósito de obra inédita - Música o Letra - INICIAR TRÁMITE
Este registro sirve para "resguardar la autoría" en cabeza de las personas indicadas en los formularios. No asegura el cobro de los derechos de autor que reparten las Sociedades de Gestión Colectiva, es el trámite previo y necesario para poder llegar a esto.
Este trámite puede ser realizado por el títular personalmente o a través de un representante con poder suficiente, por cualquier consulta te comunicas con nosotros a lapolismusical@gmail.com y te responderemos a la brevedad.

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